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SENTENCIA OBTENIDA EN EL EXTRANJERO: EL EXÉQUATUR

En ocasiones una persona extranjera que llega a España necesita que se reconozca la validez de una Sentencia que había obtenido en su país de origen. Así sucede, por ejemplo, con las Sentencias de divorcio o las que establecen pensiones de alimentos o compensatoria a favor de un cónyuge.
Hay que saber que las Sentencias emitidas en un país no se reconocen automáticamente en el resto, sino que deben pasar primero por un trámite previo. A este trámite lo llamamos exéquatur. Es una expresión utilizada en el Derecho internacional privado y que literalmente significa "ejecútese", en referencia a lo que debe hacerse sobre dicha Sentencia.

Pero ¿cómo es un procedimiento de exéquatur?
Para iniciar un procedimiento de este tipo debemos acudir a un abogado, a ser posible especializado en extranjería. Este comprobará si la Sentencia cumple con los requisitos legales necesarios para ser válida en nuestro país.
Si la Sentencia proviene de un país de la Unión Europea, este proceso será bastante rápido y por lo general no habrá ningún problema. En el resto de países sí que será un poco más largo, aunque esto no significa que debamos preocuparnos.

Hay que tener en cuenta que no se va a entrar en el fondo de la cuestión (matrimonio, divorcio, etc.) sino únicamente en si la Sentencia cumple los requisitos formales para ser válida.
Si la Sentencia supera el exéquatur, efectivamente ya será válida en España y tendremos derecho a que se reconozcan sus efectos. En caso contrario dicha Sentencia no tendrá validez, y sus efectos no podrán ser exigidos en nuestro país.

Le recomendamos que contacte con nosotros si necesita que iniciemos un procedimiento de este tipo. Nuestro Despacho en Las Palmas le guiará a lo largo de todo el proceso y resolveremos sus dudas. También podemos ayudarle en cualquier otra cuestión, como la renovación de su visado, cancelación de antecedentes penales y otros temas que nos solicite relacionados con el Derecho de extranjería.

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